GL 47A
GL 47A — Venta de diluyentes de origen estadounidense a Venezuela
Historial de versiones
- 10 jun 2026La GL 47A reemplaza en su totalidad a la GL 47 (13-feb-2026).
Emitida
10 jun 2026
Vencimiento
Sin vencer
Entidad autorizada
PdVSA y entidades ≥50% de PdVSA
Tipo
General
Regulación
31 CFR part 591 (VSR)
Órdenes ejecutivas
E.O. 13884, E.O. 13850
Firmante
Bradley T. Smith, Director, OFAC
Firmada
10 jun 2026
Scope
Autoriza la exportación, venta, suministro y transporte de diluyentes de origen estadounidense a Venezuela en operaciones con el Gobierno de Venezuela y PdVSA, bajo ley y foro de EE.UU./aliados. Reemplaza a la GL 47.
Partes autorizadas
Actividades autorizadas
- ·Exportación, reexportación, venta, suministro, almacenamiento, entrega y transporte de diluyentes de origen estadounidense a Venezuela
- ·Procesamiento de pagos, fletamento de buques, seguro marítimo y P&I, servicios portuarios y de terminal
Actividades NO autorizadas
- ·Permutas de deuda, pagos en oro, en criptomonedas o en el petro
- ·Operaciones con personas de Irán, Corea del Norte o Cuba, o en empresa mixta con ellas
- ·Desbloqueo de bienes bloqueados; operaciones con buques bloqueados
Condiciones
- ·Todo contrato con el Gobierno de Venezuela o la entidad cubierta debe estipular que (i) se interprete bajo la ley de un estado o jurisdicción de EE.UU. y (ii) las disputas se resuelvan en EE.UU., Reino Unido, Francia o Singapur.
Jurisdicciones excluidas
Análisis VENE · ECONOMIST
- Hecho
- OFAC emitió la GL 47A el 10 de junio de 2026, reemplazando a la GL 47. Conserva la autorización para vender diluyentes estadounidenses a Venezuela, insumo crítico para mezclar el crudo extrapesado de la Faja.
- Implicación
- Sostiene el suministro de diluyentes que condiciona la calidad y exportabilidad del crudo venezolano. A diferencia de las demás GL de la ola, no exige ruteo por el Tesoro ni excluye a China explícitamente, lo que refleja que el diluyente es de origen estadounidense.
- Indicador a monitorear
- Despachos de nafta/diluyente de EE.UU. a Venezuela; y la diferencia de exclusiones frente a las GL de comercio de crudo.
Texto oficial de la licenciaVer
Traducción de cortesía. El texto vinculante es el publicado en inglés por OFAC; ante cualquier discrepancia prevalece el original.
Licencia General N.º 47A — Autorización de la venta de diluyentes de origen estadounidense a Venezuela
(a) Quedan autorizadas las transacciones ordinariamente incidentales a la exportación, venta, suministro, entrega o transporte de diluyentes de origen estadounidense a Venezuela, que involucren al Gobierno de Venezuela y a PdVSA, siempre que los contratos estipulen ley de EE.UU. y resolución de disputas en EE.UU., Reino Unido, Francia o Singapur.
(b) No autoriza: términos de pago no comercialmente razonables, permutas de deuda, pagos en oro, ni en criptomoneda o petro; operaciones con Irán, Corea del Norte o Cuba, o en empresa mixta con ellos; el desbloqueo de bienes bloqueados salvo lo previsto; ni buques bloqueados.
Bradley T. Smith — Director, OFAC. Fechada: 10 de junio de 2026.
Fuente oficial
Este resumen no constituye asesoría legal. La determinación final del scope y aplicabilidad de cualquier licencia OFAC requiere consulta con asesoría legal calificada y revisión del texto oficial publicado por la Office of Foreign Assets Control. VENE · ECONOMIST mantiene esta página como referencia editorial para inversores institucionales.
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