GL 47
GL 47 — Venta de diluentes de origen estadounidense a Venezuela
Emitida
13 feb 2026
Vencimiento
Sin vencer
Entidad autorizada
Proveedores de servicios al sector energético VE
Tipo
General
Regulación
31 CFR part 591 (VSR)
Órdenes ejecutivas
—
Firmante
Bradley T. Smith, Director, OFAC
Firmada
03 feb 2026
Scope
Autoriza la prestación de servicios técnicos, de ingeniería y suministro de bienes complementarios necesarios para las operaciones autorizadas bajo GL 46/46B.
Partes autorizadas
Actividades autorizadas
- ·Servicios de ingeniería de yacimientos
- ·Suministro de equipos y químicos
- ·Mantenimiento técnico no-críticos
Actividades NO autorizadas
- ·Transferencia tecnológica dual-use sin licencia BIS
Condiciones
- ·El contrato debe regirse por la ley de EE.UU. y las disputas resolverse en EE.UU.
Jurisdicciones excluidas
Obligación de reporte
Reporte detallado a Sanctions_inbox@state.gov y VZReporting@doe.gov: dentro de 10 días tras la primera transacción y cada 90 días mientras continúen (partes, cantidades y valores, fechas).
Análisis VENE · ECONOMIST
- Hecho
- GL 47 (febrero de 2026) cierra el círculo de servicers (Halliburton, SLB, Baker Hughes, Weatherford) que en 2019-2025 operaban bajo extensiones humanitarias.
- Implicación
- Habilita una recuperación de capex en campos legacy (Boscán, Petropiar) que llevaban 7 años con mantenimiento mínimo. Productividad por pozo se recupera 6-12 meses.
- Indicador a monitorear
- Anuncios de contratos servicers en VE (Q2-Q3 2026). Métricas de producción por bloque BCV.
Texto oficial de la licenciaVer
Traducción de cortesía. El texto vinculante es el publicado en inglés por OFAC; ante cualquier discrepancia prevalece el original.
Licencia General N.º 47 — Autorización de la venta de diluentes de origen estadounidense a Venezuela
(a) Salvo lo previsto en el párrafo (b), quedan autorizadas todas las transacciones prohibidas por la VSR —incluidas las que involucran al Gobierno de Venezuela, a PdVSA o a cualquier entidad en la que PdVSA posea una participación del 50% o más («PdVSA Entities»)— que sean ordinariamente incidentales y necesarias para la exportación, reexportación, venta, reventa, suministro, almacenamiento, comercialización, entrega o transporte de diluentes de origen estadounidense a Venezuela, siempre que el contrato especifique que se rige por la ley de EE.UU. y que las disputas se resuelven en EE.UU.
Nota 1. Las transacciones autorizadas incluyen el procesamiento de pagos y la gestión de transporte y logística (fletamento de buques, seguro marítimo y cobertura P&I, servicios portuarios y de terminal, incluso con autoridades portuarias del Gobierno de Venezuela).
(b) Esta licencia no autoriza: (1) términos de pago no comercialmente razonables, swaps de deuda, pagos en oro, o denominados en moneda/tokens digitales incluido el petro; (2) transacciones con personas de Irán, Corea del Norte o Cuba, o en joint venture con ellas; (3) el desbloqueo de propiedad bloqueada por la VSR, salvo lo previsto en el párrafo (a); ni (4) transacciones con un buque bloqueado.
(c) Reporte a Sanctions_inbox@state.gov y VZReporting@doe.gov: partes; cantidades y valores; fechas. (d) Los reportes vencen a los diez días de la primera transacción y cada 90 días.
Bradley T. Smith — Director, OFAC. Fechada: 3 de febrero de 2026.
Fuente oficial
Este resumen no constituye asesoría legal. La determinación final del scope y aplicabilidad de cualquier licencia OFAC requiere consulta con asesoría legal calificada y revisión del texto oficial publicado por la Office of Foreign Assets Control. VENE · ECONOMIST mantiene esta página como referencia editorial para inversores institucionales.
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