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Análisis Tipo D — Riesgo · 14 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Licencias OFAC de Venezuela: el Registro Federal publica la versión que ya no rige

El 11 de septiembre la OFAC llevó al Registro Federal cuatro licencias del programa de Venezuela. Tres habían sido sustituidas antes de aparecer impresas, y la que cubre a Chevron, Repsol, Shell, BP, Eni y Maurel & Prom salió exigiendo ley y foro de Estados Unidos, que es lo que la versión vigente dejó de pedir el 27 de agosto.

Publicado 14 de septiembre de 2026
◆ Legal · Sanciones y publicación oficial Cierre de datos: 14 de septiembre de 2026

El Tesoro estadounidense llevó el viernes al Registro Federal cuatro licencias generales del programa de Venezuela. Tres de las cuatro ya habían sido sustituidas cuando salieron impresas. La que autoriza a seis petroleras extranjeras a operar con PDVSA apareció con una condición de contrato que dejó de exigirse el 27 de agosto.

La distinción entre los dos sitios donde vive una licencia no es de archivo. El Registro Federal es la publicación oficial del Gobierno estadounidense: lo que sale ahí se incorpora al Código de Regulaciones Federales, que en este programa es la parte 591 del título 31. El sitio de la oficina de control de activos extranjeros es donde la licencia se anuncia el día que se firma. Quien redacta un contrato consulta uno de los dos. No siempre el mismo.

En el expediente venezolano la distancia entre ambos llegó el viernes a siete meses. La licencia general 30B se firmó el 10 de febrero y se publicó el 11 de septiembre. La 50A, del 18 de febrero, salió el mismo día. La 51, del 6 de marzo, también.

Lo que estaba en vigor ese mismo viernes

De las cuatro, solo una coincide con lo que rige. La 30B sigue siendo la versión vigente sobre puertos y aeropuertos, y su publicación cierra el circuito como debe. Las otras tres describen un estado del régimen que ya no existe.

El caso más claro es el de la licencia que gobierna la operación petrolera de las seis compañías del anexo —BP, Chevron, Eni, Maurel & Prom, Repsol y Shell—. El Registro Federal imprimió la versión A, de febrero. Desde el 27 de agosto rige la versión C, y entre una y otra hubo una B, de junio.

Una sola licencia, cuatro textos y una publicación
  1. 1
    18 de febrero de 2026 — versión A
    Sustituye a la original. Exige que el contrato con PDVSA se rija por ley de Estados Unidos y que las disputas se resuelvan en Estados Unidos. Es la que el Registro Federal publica siete meses después.
  2. 2
    10 de junio de 2026 — versión B
    Mantiene la exigencia de ley estadounidense y amplía las sedes de resolución de disputas. Nunca llegó al Registro Federal.
  3. 3
    27 de agosto de 2026 — versión C
    Retira la exigencia de ley aplicable y deja solo la de foro, con cuatro sedes admitidas. Es la que obliga hoy. Tampoco está publicada.
  4. 4
    11 de septiembre de 2026 — la publicación
    Sale en el Registro Federal la versión A, en las páginas 57.791 a 57.793 del volumen 91. El anexo de compañías es el mismo que el de la versión vigente; la condición contractual, no.

La cláusula que cambió, en los dos textos

Conviene leerlas seguidas, porque la diferencia cabe en una línea y decide cómo se redacta un contrato de varios años.

La condición contractual, versión impresa y versión vigente
Lo que publicó el Registro Federal
Que el contrato «especifique que las leyes de Estados Unidos o de cualquier jurisdicción dentro de Estados Unidos rigen el contrato y que cualquier resolución de disputas bajo el contrato ocurra en Estados Unidos».
Lo que exige la licencia en vigor
Que el contrato «requiera que los procedimientos de resolución de disputas relativos al contrato ocurran en Estados Unidos, el Reino Unido, Francia o Singapur». Sobre la ley aplicable, nada.

Registro Federal, 11-sep-2026, 91 FR 57791 (licencia 50A) · OFAC, licencia general 50C, 27-ago-2026. Traducción propia de los textos en inglés.

Un abogado que redacte hoy con el texto publicado escribirá una cláusula de ley estadounidense que la autorización ya no pide, y dejará fuera tres sedes admitidas: Londres, París y Singapur. Ninguna de las dos cosas invalida el contrato. Las dos estrechan la posición de la parte venezolana sin necesidad, y la parte extranjera que lo note tiene un argumento gratis en la mesa.

Cuánto del régimen vigente está publicado

El programa de Venezuela tiene hoy cuarenta y tres licencias generales listadas en el sitio de la oficina. El Registro Federal acumula cincuenta y un documentos de este programa desde 2015, y ninguno posterior al viernes.

Las que sostienen la arquitectura comercial de 2026 no aparecen en ninguno. La que autoriza la operación con PDVSA a una empresa estadounidense establecida, la del carbón y los minerales, la del suministro de bienes y servicios, la de los contratos condicionados de inversión, la de las telecomunicaciones y la del bono 2020 se firmaron todas entre febrero y septiembre de este año y viven únicamente como archivo en una página web. El Código de Regulaciones Federales no las recoge.

El mismo número del viernes trae un dato que ordena la escala del retraso sin necesidad de interpretarlo. En sus páginas también salió la licencia general 35 de otro programa, la que autoriza cerrar operaciones bajo los reglamentos de terrorismo global y narcotráfico. Ese documento llevaba impresa su propia fecha de vencimiento: 14 de mayo de 2026. Se publicó cuatro meses después de expirar.

Qué hacer con esto

Para quien negocia, la regla operativa es corta: el texto que obliga es el PDF firmado que está en el sitio de la oficina, con su fecha y su letra, y esa letra hay que comprobarla el día que se firma el contrato, no el día que se empezó a redactar. La versión del Registro Federal sirve para el historial. Para la cláusula, no.

El indicador es el propio boletín. Si en las próximas semanas aparecen publicadas las versiones C y D —la petrolera y la de minerales—, el desfase fue de cola administrativa y se está cerrando. Si lo que se publica es la siguiente versión superada mientras la vigente sigue fuera, el criterio es otro: el Registro Federal está documentando el archivo, no el régimen. Son dos cosas distintas y solo una obliga.

Fuentes ▾
  • Registro Federal — 91 FR 57791, 11-sep-2026: publicación de las licencias generales 50A y 51A. — federalregister.gov
  • Registro Federal — 91 FR 57793, 11-sep-2026: publicación de las licencias generales 30B y 51. — federalregister.gov
  • OFAC — Licencia General 50C, 27-ago-2026, párrafo (a)(1) y anexo. — ofac.treasury.gov
  • OFAC — Licencia General 51D, 2-sep-2026, párrafos (a)(1) y (e). — ofac.treasury.gov
  • OFAC — Licencia General 5Y, 3-ago-2026. — ofac.treasury.gov
  • OFAC — licencias generales vigentes del programa de Venezuela, consultadas el 14-sep-2026. — ofac.treasury.gov
  • Código de Regulaciones Federales — título 31, parte 591, Venezuela Sanctions Regulations. — ecfr.gov
  • Vene Economist — «Licencias OFAC en Venezuela: el contrato con PDVSA ya no se rige por ley de EE. UU.», 28-ago-2026. — veneeconomist.com
Clasificación
Análisis Tipo DRiesgo
Legal · Sanciones y publicación oficial
14 de septiembre de 2026
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