VENEECONOMIST
OFAC GENERAL LICENSEActivaMinería

GL 51D

GL 51D — Comercio de carbón y minerales venezolanos, incluido el oro

Historial de versiones

  • 02 sept 2026Con efecto del 2-sep-2026, la GL 51C (27-ago-2026) queda reemplazada y superada en su totalidad por la GL 51D. El cambio es la materia cubierta: donde el texto decía “minerales” ahora dice “carbón o minerales”, y se nombra a Carbones del Zulia S.A. (Carbozulia) junto a CVG Minerven. Las condiciones —foro de disputas, ruteo de pagos por el Tesoro, exclusiones y reportes— no se modifican.
  • 02 sept 2026OFAC enmendó la FAQ 1247 el mismo día: pasa a cubrir las GL 46D, 51D y 52B, e incorpora el carbón y a Carbozulia al perímetro en el que una persona no estadounidense no se expone a sanciones por operar al amparo de esas licencias.

Emitida

02 sept 2026

Vencimiento

Sin vencer

Entidad autorizada

Carbozulia, CVG Minerven y entidades ≥50% de Minerven

Tipo

General

Regulación

31 CFR part 591 (VSR)

Órdenes ejecutivas

E.O. 14373 (9-ene-2026)

Firmante

Bradley T. Smith, Director, OFAC

Firmada

02 sept 2026

Scope

Autoriza a una entidad estadounidense establecida a exportar, vender, almacenar, comprar, entregar y transportar carbón y minerales de origen venezolano —incluido el oro— en operaciones que involucren al Gobierno de Venezuela, a Carbones del Zulia S.A. (Carbozulia) y a CVG Minerven, incluido el procesamiento y la refinación. Desde el 2-sep-2026 el carbón entra en el mismo perímetro que ya tenía el oro. Las condiciones no cambian: disputas en EE.UU., Reino Unido, Francia o Singapur, y pagos ruteados por el Tesoro. Reemplaza a la GL 51C.

Partes autorizadas

Gobierno de VenezuelaCarbones del Zulia S.A. (Carbozulia)CVG Compañía General de Minería de Venezuela CA (Minerven)Entidades ≥50% de Minerven

Actividades autorizadas

  • ·Exportación, reexportación, venta, almacenamiento, compra, entrega y transporte de carbón y minerales venezolanos, incluido el oro
  • ·Procesamiento y refinación de ese carbón y esos minerales (salvo en jurisdicciones excluidas)
  • ·Diligencia debida comercial, legal, técnica, de seguridad y ambiental
  • ·Logística, fletamento de buques, seguridad, seguro marítimo y P&I, servicios portuarios y de terminal

Actividades NO autorizadas

  • ·Términos de pago no comercialmente razonables, permutas de deuda, pagos en especie, en criptomonedas o en el petro
  • ·Operaciones con personas de Rusia, Irán, Corea del Norte o Cuba, o en empresa mixta con ellas
  • ·Operaciones con entidades de Venezuela o EE.UU. controladas por —o en empresa mixta con— personas de China
  • ·Procesamiento o refinación del carbón o los minerales en Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China
  • ·Exploración, desarrollo, minería, extracción, procesamiento, refinación o producción de carbón o minerales en Venezuela, y la formación de empresas mixtas para ello

Condiciones

  • ·“Established U.S. entity”: entidad constituida bajo las leyes de EE.UU. o de alguna de sus jurisdicciones en o antes del 29 de enero de 2025.
  • ·Todo contrato de estas transacciones con el Gobierno de Venezuela, Carbozulia o CVG Minerven debe estipular que las disputas relativas al contrato se resuelvan en EE.UU., Reino Unido, Francia o Singapur. Sigue sin exigirse que el contrato se rija por la ley de un estado o jurisdicción de EE.UU., requisito que cayó el 27-ago-2026.
  • ·Cualquier pago monetario a una persona bloqueada —salvo impuestos, permisos o tasas locales— debe depositarse en los Foreign Government Deposit Funds (cuenta bajo custodia del Tesoro de EE.UU., E.O. 14373 del 9-ene-2026) o en la cuenta que indique el Tesoro.

Jurisdicciones excluidas

RusiaIránCorea del NorteCubaChina (control o empresa mixta)

Obligación de reporte

Quien exporte, venda, compre o suministre carbón o minerales venezolanos al amparo de esta licencia debe enviar a Sanctions_inbox@state.gov y ofac_intake@doi.gov un informe detallado con las partes, la documentación de diligencia debida sobre la cadena de custodia, cantidades, descripciones y precios, fechas de las operaciones e impuestos o tasas pagados al Gobierno de Venezuela. Vence a los diez días de la primera operación y cada 30 días mientras continúen.

Análisis VENE · ECONOMIST

Hecho
El 2 de septiembre de 2026 OFAC emitió la GL 51D, que reemplaza a la GL 51C del 27 de agosto. La licencia pasa de cubrir “minerales, incluido el oro” a cubrir “carbón o minerales, incluido el oro”, y nombra a Carbones del Zulia S.A. (Carbozulia) junto a CVG Minerven. Las condiciones —foro de disputas en EE.UU., Reino Unido, Francia o Singapur; depósito de pagos en los Foreign Government Deposit Funds; exclusión de Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba y China— quedan igual.
Implicación
El carbón venezolano queda donde ya estaba el oro: se puede comprar, transportar y refinar, pero el párrafo (b)(7) sigue sin autorizar extraerlo. Para el comprador estadounidense eso significa que el volumen disponible no depende de esta licencia sino de lo que la operación existente pueda producir, y que cada embarque arrastra la obligación de reporte a State y a Interior cada 30 días. El cuello no es la autorización: es la capacidad instalada y la trazabilidad que exigen el comprador y su banco, más estricta que la licencia.
Indicador a monitorear
Si aparece una licencia que autorice producir —hoy el carbón queda en el mismo punto que el oro: se puede comerciar y abastecer, no extraer—. Si Carbozulia recibe un anexo nominal de empresas autorizadas como el que la GL 50C mantiene para las seis petroleras. Y el primer contrato contingente que se firme bajo la GL 55A, que fijará la plantilla del resto: qué foro elige y con qué condición suspensiva.
Texto oficial de la licenciaVer

Traducción de cortesía. El texto vinculante es el publicado en inglés por OFAC; ante cualquier discrepancia prevalece el original.

Licencia General N.º 51D — Autorización de ciertas actividades con carbón o minerales de origen venezolano, incluido el oro

(a) Quedan autorizadas las transacciones ordinariamente incidentales y necesarias para la exportación, reexportación, venta, reventa, suministro, almacenamiento, compra, entrega o transporte de carbón o minerales de origen venezolano, incluido el oro, por una entidad estadounidense establecida, que involucren al Gobierno de Venezuela —incluidas Carbones del Zulia S.A. (Carbozulia) y CVG Compañía General de Minería de Venezuela CA (Minerven)—, siempre que (1) todo contrato estipule que las disputas se resuelvan en EE.UU., Reino Unido, Francia o Singapur; y (2) todo pago monetario a una persona bloqueada, salvo impuestos, permisos o tasas locales, se deposite en los Foreign Government Deposit Funds (E.O. 14373) o en la cuenta que indique el Tesoro.

Nota 1. “Entidad estadounidense establecida” es la constituida bajo las leyes de EE.UU. o de alguna de sus jurisdicciones en o antes del 29 de enero de 2025.

Nota 2. Lo autorizado incluye la diligencia debida comercial, legal, técnica, de seguridad y ambiental, así como logística y fletamento de buques, servicios de seguridad, seguro marítimo y P&I, y servicios portuarios y de terminal, incluso con autoridades portuarias que formen parte del Gobierno de Venezuela.

Nota 3. Lo autorizado incluye el procesamiento o la refinación de ese carbón o esos minerales, salvo lo previsto en el párrafo (b).

(b) No autoriza: términos de pago no comercialmente razonables, permutas de deuda, pagos en especie, en criptomoneda o en el petro; operaciones con personas de Rusia, Irán, Corea del Norte o Cuba, o en empresa mixta con ellas; operaciones con una entidad venezolana o estadounidense controlada por —o en empresa mixta con— personas de China; el procesamiento o refinación de ese carbón o esos minerales en Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China; el desbloqueo de bienes; operaciones con buques bloqueados; ni la exploración, desarrollo, minería, extracción, procesamiento, refinación o producción de carbón o minerales en Venezuela, ni la formación de empresas mixtas u otras entidades en Venezuela para esas actividades.

(c) y (d) Quien opere al amparo de esta licencia debe informar a Sanctions_inbox@state.gov y ofac_intake@doi.gov, a los diez días de la primera operación y cada 30 días mientras continúen, sobre las partes, la diligencia debida de cadena de custodia, cantidades, descripciones y precios, fechas e impuestos o tasas pagados al Gobierno de Venezuela.

(e) Con efecto del 2 de septiembre de 2026, la Licencia General N.º 51C, del 27 de agosto de 2026, queda reemplazada y superada en su totalidad por esta Licencia General N.º 51D.

Bradley T. Smith — Director, OFAC. Fechada: 2 de septiembre de 2026.

Fuente oficial

Este resumen no constituye asesoría legal. La determinación final del scope y aplicabilidad de cualquier licencia OFAC requiere consulta con asesoría legal calificada y revisión del texto oficial publicado por la Office of Foreign Assets Control. VENE · ECONOMIST mantiene esta página como referencia editorial para inversores institucionales.

SEGUIMIENTO GRATUITO

Cuando el Tesoro mueva una licencia, sépalo

Este tracker se actualiza el mismo día en que OFAC publica. El boletín mensual reúne lo ocurrido: licencias nuevas y enmendadas, qué cambió respecto de la versión anterior y qué implica por sector. En PDF, español o inglés.

Próxima edición · Martes, 6 de octubre de 2026

Idioma del boletín

Recibirá el OFAC Monthly Tracker y avisos editoriales relacionados. Puede darse de baja desde cualquier envío.

Aviso el mismo día e historial fechado para su firma →

Otras licencias del sector

LECTURAS RELACIONADAS

04